El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Ospitel) ha dado a conocer en Perú el nuevo Reglamento de las Servicios de Telecomunicaciones.
Entre las novedades destaca el hecho de que las operadoras de telefonía tendrán la obligación de garantizar a sus usuarios que recibirán como mínimo el 40% de la velocidad de internet móvil y fijo que han contratado.
Ese cambio supone una importante mejora para los consumidores, ya que actualmente solo se garantiza a los abonados a esos servicios una velocidad mínima del 10% de lo contratado.
Como ha explicado Gonzalo Ruíz Díaz, presidente de Ospitel, las compañías tendrán un período de transición hasta marzo de 2015 para adaptarse al nuevo reglamento, pero ha aclarado que la disposición solo afectará a los contratos firmados a partir de esa fecha.
El directivo ha destacado que “la idea es que el cliente reciba por lo que paga algo que tenga correspondencia con el nivel de servicio”, y ha explicado que las empresas que no cumplan serán sancionadas con multas de entre 50 UIT (S/.190 mil) y 150 UIT (S/.570 mil), informan en El Comercio.
Por último, la norma determina que “todos los resultados de las supervisiones y fiscalizaciones basados en los nuevos indicadores de calidad serán publicados en la página web del regulador www.osiptel.gob.pe y de las empresas operadoras para que los usuarios puedan comparar la calidad de servicios que ofrecen cada una de estas”.
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