Así es el nuevo Reglamento de Servicios TIC de ENACOM

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Desgranamos los principales puntos del nuevo reglamento para los proveedores de Servicios de Valor Agregado y Acceso a Internet en Argentina.

El Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aprobó el Reglamento de Registro de Servicios TIC, una nueva normativa legal que afecta a los proveedores de Servicios de Valor Agregado y Acceso a Internet en Argentina.

El nuevo reglamento está orientado a acelerar el Registro de Servicios TIC (RESTIC) con el fin de lograr un “incremento sustancial en el acceso a este servicio que se dio en los últimos tiempos” y una mayor cantidad de proveedores en el país”.

Desde ENACOM comentan que “la nueva disposición promueve el desarrollo no solo del mercado de las telecomunicaciones, sino también los avances tecnológicos y las nuevas alternativas que los prestadores pueden ofrecer a los usuarios de servicios TIC, en un contexto de permanente evolución tecnológica”.

Asimismo, la normativa expone que pondrá en marcha nuevas opciones para que los servicios TIC puedan “regularizar su situación”, también de cara a hacer más práctico el uso de espectro radioeléctrico.

Por otra parte, antes de inscribirse en el RESTIC las empresas tendrán que habilitarse ante el ENACOM para poder ofrecer servicios de Valor Agregado – Acceso a Internet, fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia.

Un punto también a tener en cuenta es el que expone que el prestador “podrá seleccionar libremente la tecnología y la arquitectura de red que considere más adecuada” para prestar los servicios de manera eficaz.

Por último, se contemplan una serie de obligaciones y un régimen de sanciones para aquellas compañías que no cumplan con la nueva normativa.

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