Brasil revisa su normativa sobre cloud computing

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La nueva normativa que estudia la Cámara Baja brasileña quiere proteger a los usuarios y empresas que pongan en manos de terceros sus datos a través del cloud computing.

La Cámara Baja de Brasil vota un proyecto de ley que tiene como objetivo conseguir un sistema cloud comptuing para todo el país y que no presente limitaciones geográficas como hasta ahora. Es decir, que se puedan almacenar datos y acceder a ellos desde cualquier punto del mundo.

La cámara se ha visto en la necesidad de examinar el proyecto de ley 5344/13 presentado por el diputado Ruy Carneiro, que regula el uso de la computación en la nube de servicios y que define las directrices y normas generales para el funcionamiento de la actividad en el país, como que “el reconocimiento de que tanto el almacenamiento y el acceso a los datos tienen un significado no geográficos , que se puede hacer en cualquier parte del mundo”, tal y como expresa el comunicado publicado en el portal oficial de la Cámara Baja.

Otro tema que se trata es el del reconocimiento de la privacidad , la intimidad y protección de datos y propiedad intelectual. El texto también asegura que la legislación deberá buscar que exista una “neutralidad tecnológica y de red”  y la prohibición de privilegios para cualquier tecnología, plataforma o aplicación.

La propuesta enumera la información que debe ser incluida en el contrato de servicio, tales como las garantías sobre el contenido almacenado y recuperación y los datos de las personas que tienen derecho a acceder a los archivos.

Por su parte, el texto que estudia la cámara Baja de Brasil sobre el cloud computing, dice que al final del contrato o la solicitud del usuario , la empresa debe restaurar los datos y eliminar todo el contenido de su base. El proyecto de ley prohíbe el mantenimiento de la copia, a no ser que esto haya sido autorizado en el contrato previamente y de manera expresa.

En caso de que la empresa pierda el contenido almacenado en sus sistemas de cloud computing, se deberá indemnizar al usuario dos veces la cantidad recibida por el servicio en los últimos 12 meses.

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