La CRC lanza una nueva regulación para el roaming

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Entre otros asuntos, a partir del 1 de junio, el operador deberá permitir a sus clientes que adquiera un plan con una tarifa fija por un período de tiempo.

Se acabaron las sorpresas para los colombianos viajeros en su factura del teléfono: a partir del 1 de junio, la Comisión de Regulación de las Comunicaciones o CRC, obliga a los operadores a ofrecer la posibilidad al consumidor de controlar sus consumos de datos, voz o mensajes de texto al viajar al exterior, para que el roaming no infle demsiado el gasto.

Entre otros asuntos, la Comisión destaca que con respecto a los servicios de datos, el usuario podrá escoger el valor máximo a pagar por dicho servicio, ya que el operador deberá permitirle que adquiera un plan con una tarifa fija por un período de tiempo (día, semana, etcétera), o un plan con un gasto máximo asociado a un consumo de datos por demanda.

Según explican los voceros de la CNC, “Es importante recordar que el Roaming Internacional es un servicio adicional que permite a los usuarios tener servicios de voz, SMS y datos en el exterior, con el mismo número celular que utiliza en Colombia. El Roaming Internacional sólo se activa con la solicitud previa y expresa del usuario que celebró el contrato, quien además ahora puede definir por cuánto tiempo estará activo el servicio. Si se activa sin la autorización del usuario, éste no está obligado a pagar los consumos realizados en el exterior. Tampoco está obligado a pagar si, estando en otro país, no hace uso del servicio de voz, SMS o datos, a pesar de tener el Roaming Internacional activo”.

Además, con respecto a los servicios de datos, el usuario podrá escoger el valor máximo a pagar por dicho servicio, ya que el operador deberá permitirle que adquiera un plan con una tarifa fija por un período de tiempo (día, semana, etc.), o un plan con un gasto máximo asociado a un consumo de datos por demanda.

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